Zonas Económicas Especiales en Venezuela: ¿Qué beneficios ofrecen?

Foto: Archivo.

El pasado 10 de agosto de 2023 se publicaron en la Gaceta Oficial de Venezuela No. 6.756 extraordinaria los decretos que establecen las Zonas Económicas Especiales (ZEE) del estado La Guaira y la isla La Tortuga, así como se adaptan las ZEE Militar N° 1 de Maracay, estado Aragua, y la de la Península de Paraguaná, en el estado Falcón, a la nueva Ley que regula estas áreas.

Estas cuatro regiones se suman al plan del gobierno para impulsar el desarrollo turístico e industrial con la participación de inversionistas nacionales y extranjeros.

Según un reporte de la consultora EY Venezuela, los decretos de las ZEE contemplan una serie de incentivos similares para las empresas que se instalen en ellas. Entre los más destacados se encuentran los siguientes:

Devolución del Islr pagado según el nivel de exportación

Las empresas que operen dentro de las ZEE, previa firma de un Convenio de Actividad Económica, podrán solicitar la devolución del Impuesto Sobre la Renta (Islr) declarado y pagado, en función del porcentaje de su producción que exporten, según los siguientes criterios:

  • Durante los primeros cuatro años desde el inicio de operaciones, las empresas podrán recuperar hasta el 100% del Islr pagado. Este beneficio se extiende a 20 años para las empresas que se establezcan en la ZEE de la Isla La Tortuga.
  • Desde el año cinco hasta el año seis, las empresas podrán recuperar hasta el 100% del Islr pagado si exportan más del 60% de su producción; si exportan menos, solo podrán recuperar el 25%. Para las empresas de la ZEE de la isla La Tortuga, este beneficio se reduce al 50% desde el año 21 hasta el año 25.
  • A partir del año siete, las empresas de las ZEE Militar N° 1 y Península de Paraguaná podrán recuperar el 75% del Islr pagado si exportan más del 60% de su producción; si exportan menos, no tendrán derecho a ninguna devolución ni a ningún otro incentivo previsto en el Decreto.

Ventajas para la importación y exportación

Las empresas que importen insumos, materias primas, partes, piezas o componentes de origen extranjero para incorporarlos en sus procesos productivos de servicios turísticos para la exportación, podrán solicitar la devolución de los impuestos arancelarios que hayan pagado por este concepto, por un período de hasta 10 años desde la firma del Convenio de Actividad Económica. Este beneficio no aplica para los productos que se fabriquen o ensamblen en el territorio nacional, según lo establece el decreto de la ZEE La Tortuga.

Asimismo, las empresas podrán aplicar una depreciación acelerada de las maquinarias, equipos o infraestructuras que utilicen para sus procesos productivos, según lo que se determine para cada bien en particular.

Además, las empresas que exporten los bienes que hayan producido en las ZEE tendrán una tarifa preferencial para el uso de los servicios logísticos portuarios relacionados con el proceso de exportación.

Deducción por aportes a la formación e investigación

Las empresas que realicen aportes voluntarios o donaciones para la construcción, funcionamiento y desarrollo de los centros de formación, investigación, promoción y capacitación integral del talento humano que participen en las ZEE, podrán deducir de su renta a declarar el 50% de dichos aportes, siempre que no superen el 10% de su utilidad neta.

Requisitos y procedimientos

El Ministerio con competencia en materia de economía, finanzas y comercio exterior será el encargado de establecer los requisitos, condiciones y procedimiento para la solicitud de devoluciones mediante una Resolución.

Restricciones y requisitos

Para el disfrute de los incentivos previstos en el Decreto, se deben cumplir las siguientes condiciones:

  1. Si el total de los porcentajes de los incentivos otorgados por concepto de Islr supera el 100%, se tomará como máximo el 100%, sin que se puedan acumular porcentajes adicionales para los próximos ejercicios fiscales.
  2. Si las empresas que participen en las ZEE Militar N° 1 y Península de Paraguaná tienen, a partir del séptimo año de operaciones, un nivel de exportación de su producción menor al 60%, perderán todos los beneficios previstos en el Decreto.
  3. Si las mercancías que ingresen en la ZEE se extraen de la Zona para ser introducidas al territorio nacional, el consignatario o aceptante deberá declararlas como importación definitiva y pagar los impuestos correspondientes según el régimen vigente al momento de la declaración.

Se establece que se creará una plataforma exclusiva para la ZEE dentro del Sistema de Ventanilla Única de Comercio Exterior de la República, con el fin de simplificar, unificar y automatizar los trámites.

Con información de Banca y Negocios.

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