La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sentenció que Perú incurrió en un “desacato” del fallo del ente que exhortaba a no dejar en libertad al expresidente Alberto Fujimori, condenado a 25 años de prisión en su país por delitos de lesa humanidad.
La resolución de la Corte IDH señala que “la salida del señor Alberto Fujimori la tarde del 6 de diciembre de 2023 constituyó un desacato” a una resolución de “adopción de medidas urgentes de no innovar” emitida por la presidencia del organismo el día anterior.
El 5 de diciembre, el Tribunal Constitucional (TC) de Perú dictó un fallo en el que sostiene que la Corte IDH no tiene facultad para impedir la ejecución de la sentencia judicial dictada en marzo de 2022, y mandó la liberación inmediata del exgobernante, de 85 años, que fue cumplida por el Instituto Nacional Penitenciario.
Tras el fallo del TC, el presidente de la Corte IDH, Ricardo Pérez Manrique, solicitó al Estado peruano no dejar en libertad a Fujimori hasta que el organismo internacional tuviera todos los elementos necesarios para evaluar si el fallo cumplía con todas las condiciones; no obstante, se llevó a cabo la liberación.
Indulto humanitario cuestionado
La reciente resolución de la Corte IDH indica que el Estado peruano “también ha incurrido en un desacato” de las resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia del 30 de mayo de 2018 y 7 de abril de 2022, ya que se ejecutó la sentencia del TC de marzo de 2022, “que restableció los efectos al indulto” que por “razones humanitarias” concedió en 2017 a Fujimori el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski.
La Corte IDH había ordenado que Kuczynski se abstuviera de aplicar el indulto, “debido a que no respetó los estándares de derecho internacional que debían ser considerados al realizarse un control jurisdiccional de dicho indulto”.
La resolución de la corte dispone que el Estado peruano le remita, “a más tardar el 4 de marzo de 2024” un informe sobre el cumplimiento de la “obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso sancionar las graves violaciones a los derechos humanos” establecidas en las sentencias de la entidad en el caso “Barrios Altos” y el caso “La Cantuta”.
Con información de Últimas Noticias.