Juez en Colombia ordena practicar la eutanasia a Martha Sepúlveda

Foto: Cortesía

Un juez en Colombia revocó la suspensión de la eutanasia que debía recibir Martha Sepúlveda, una mujer de 51 años con una enfermedad degenerativa que tenía planeado morir el pasado 10 de octubre, convirtiéndose en la primera persona que recibiría la eutanasia sin sufrir una enfermedad en estado terminal. 

El Instituto Colombiano de Dolor (IPS Incodol) anunció la suspensión del procedimiento 36 horas antes de que ocurriera. Pero este miércoles el titular del Juzgado 20 de la ciudad de Medellín ordenó al IPS Indecol “cumplir con lo establecido por el comité científico interdisciplinario para morir dignamente” en su fallo del pasado 6 de agosto. 

En esa resolución un panel de especialistas determinó que la paciente “cumple con los requisitos para ejercer su derecho a morir dignamente a través de la eutanasia”. El fallo había sido invalidado por la IPS Incodol al determinar que Martha Sepúlveda “no cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en el primer comité” encargado de evaluar el caso. 

El juez consideró que dicha decisión “vulneró los derechos fundamentales a morir dignamente, a la vida digna, al libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana de Martha Sepúlveda”, refirió El Tiempo. 

El juez ordenó que en un plazo de 48 horas se deberá determinar la fecha y hora para la eutanasia.

Martha Sepúlveda padece desde 2018 esclerosis lateral amiotrófica (ELA), una enfermedad incurable que, según su familia, convirtió su vida en un tormento. Por ello, la mujer de 51 años acudió a un alto tribunal para que aprobaran la eutanasia.

El procedimiento fue despenalizado en Colombia en 1997, pero no se convirtió en ley hasta 2015. Desde entonces, se han realizado 157 procedimientos. Según los lineamientos del Ministerio de Salud, el paciente debe tener una enfermedad en estado terminal; considerar que la vida ha dejado de ser digna producto de la enfermedad y manifestar el consentimiento de manera “clara, informada, completa y precisa”.

El pasado mes de julio, la Corte Constitucional del país extendió el derecho a una muerte digna a quienes padecen “un intenso sufrimiento físico o psíquico” por causa de una lesión o enfermedad incurable.

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