Seniat implementa normas para pagos de nueva Ley de Pensiones

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El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) de Venezuela señaló que en la Gaceta Oficial 42.881 del 17 de mayo de 2024 fue publicada la providencia administrativa SNAT/2024/000042, donde establecen las normas para la declaración y pago de la contribución especial para la protección de las pensiones de seguridad social.

Las personas jurídicas que realicen actividades económicas deberán declarar y pagar la contribución especial prevista en la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista, los pagos realizados a los trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial.

La fecha de su declaración y pago está determinada por el último dígito del RIF, en las fechas establecidas en el calendario de la providencia.

En el caso de pagos de sueldos y bonificaciones de carácter no salarial en moneda distinta a la de curso legal en el país, la base de cálculo para determinar la contribución especial deberá realizarse mediante la conversión de estos importes a bolívares, de acuerdo al tipo de cambio oficial dictado por el Banco Central de Venezuela.

Por su parte, las personas jurídicas que están obligadas al pago de la contribución especial deberán informar trimestralmente la cantidad de trabajadores activos que mantienen en sus nóminas.

La providencia administrativa entró en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial, el 17 de mayo de 2024.

Con información de El Periodiquito.

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