La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este jueves al Estado de Nicaragua por falta de integridad electoral y por abuso de poder para la reelección de Daniel Ortega en las elecciones del 2011.
«La Corte concluyó que la falta de integridad del proceso electoral favoreció la reelección del presidente Daniel Ortega, y además consideró que la Corte Suprema de Justicia y el Consejo Supremo Electoral mostraron parcialidad y no garantizaron un recurso judicial efectivo para revisar las decisiones que cuestionaban irregularidades en el proceso», dijo la presidenta de la CorteIDH, Nancy Hernández.
Reelección de Ortega en 2011
La sentencia declara al Estado nicaragüense como responsable de la violación de los derechos políticos, garantías judiciales y protección judicial de Fabio Gadea Mantilla, candidato presidencial en 2011, quien denunció irregularidades en el proceso, incluyendo la ilegalidad de la reelección presidencial.
«Las decisiones de las salas Constitucional y Plena de la Corte Suprema de Justicia, inaplicando una norma constitucional que de forma expresa no permitía la reelección presidencial, pretendieron dar una apariencia de legalidad a la decisión que autorizaba la reelección del presidente Daniel Ortega» explicó la jueza Nancy Hernández.
De igual forma, el fallo determinó que «existen suficientes elementos para concluir que estas decisiones perseguían permitir la inscripción del presidente Daniel Ortega como candidato y permitir su permanencia al mando del Poder Ejecutivo, lo cual constituyó un uso abusivo de aparato estatal para favorecer al candidato oficial».
Por consiguiente, la sentencia ordena a Nicaragua aplicar las medidas destinadas a «adaptar su normativa interna» a los estándares establecidos en la sentencia, así como a la opinión consultiva de la Corte del año 2021.
Dicha opinión consultiva fue solicitada por el Estado de Colombia y la CorteIDH estableció que la reelección presidencial indefinida no es un derecho humano, además de que atenta contra los principios democráticos y afecta la separación de poderes.
Independencia electoral
Por otra parte, en su sentencia de este jueves, la CorteIDH ordena a Nicaragua adoptar medidas para garantizar que el Consejo Supremo Electoral garantice imparcialidad e independencia.
También ordena que existan medios adecuados de impugnación frente a violaciones a la ley electoral.