El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (Intt) de Venezuela informó que para cambiar las placas identificadoras de un vehículo, el usuario debe presentar una serie de requisitos en las oficinas correspondientes.
En el Artículo 59 de la Ley de Transporte Terrestre vigente, se establece la obligatoriedad de portar dicha identificación: «Todo vehículo que circule por el territorio nacional, debe portar, de manera visible, sus correspondientes placas identificadoras, colocadas en la parte delantera y la otra en la parte posterior, en los sitios especialmente destinados a tal fin».
¿Cuáles son los requisitos para cambiar las placas de vehículos?
- Planilla Única de Trámite, debidamente pagada por cualquiera de los canales autorizados.
- Cédula de Identidad laminada (Vigente).
- Certificado de Registro de Vehículos (Original).
- Constancia de Experticia de Seriales Original, otorgada por la PNB.
- Placas Identificadoras del Vehículo (Físicas).
- En caso de Pérdida o Robo de Placas Identificadoras de Vehículos, consignar la respectiva denuncia realizada ante el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc).
Con información de 2001.