El Ministerio de Transporte de Venezuela informó este martes que la circulación de los vehículos de carga por el territorio nacional, con peso bruto igual o superior a 3.500 kilogramos, queda registrada a partir de este mes de agosto.
La normativa, también publicada en la Gaceta Oficial Nro. 42.425, de fecha 25 de julio, emitida por los ministerios de Relaciones Interiores, Justicia y Paz y para el Transporte tiene como fin “mejorar la circulación vehicular y garantizar la seguridad vial en el territorio nacional”.
Los operadores de carga pesada podrán circular de lunes a viernes, de 6:00 a 9:00 am y desde las 5:00 hasta las 7:00 pm, por las autopistas venezolanas.
Los días domingos y no laborales (feriados), el tránsito del transporte de carga será desde la 1:00 am hasta la 1:00 am del siguiente día laboral.
A continuación los horarios de restricción: