Parlamento de Venezuela sancionó la Ley de Registro de Antecedentes Penales

Foto: Asamblea Nacional | Twitter

La Asamblea Nacional (AN) aprobó el martes la Ley de Registro de Antecedentes Penales que deroga la normativa sancionada en 1979. 

El presidente de la AN, Jorge Rodríguez afirmó que la nueva ley se “afinca” en el respeto a los derechos humanos, a la privacidad, a la intimidad y el debido proceso. Además, pidió que sirviera de ejemplo para que se actualicen más normativas previas a la Constitución aprobada en 1999.

Entre los aspectos más resaltantes del nuevo instrumento legal están el derecho de las personas a acceder al Registro de Antecedentes Penales para solicitar la actualización o eliminación de los datos en caso de error.

También contempla el cobro del trámite de la certificación de antecedentes penales y privativa de libertad y multas para quienes revelen información o pidan antecedentes para el acceso a ofertas laborales, académicas o servicios de salud. 

Dicha Ley, propuesta por el ministro del Interior, Justicia y Paz, Remigio Ceballos, fue aprobada en primera discusión el pasado 2 de junio

El artículo 1 establece que el registro de antecedentes penales tiene por objeto garantizar el derecho de las personas y el correcto funcionamiento del sistema de justicia, así como proteger los derechos y garantías de las personas; mientras que el artículo 2 busca garantizar que la base de datos cuente con información veraz y oportuna. 

Por otra parte, el artículo 6 establece que toda persona tiene el derecho de acceder a la información y a sus datos en el registro de antecedentes penales y ejercer la acción de habeas data ante el tribunal competente para la actualización, rectificación o su destrucción en caso de que sean erróneos o afecten derechos y garantías.

El apartado número 7 establece la confidencialidad de la información para evitar discriminación, con excepción de los órganos del sistema de justicia. La violación de la confidencialidad es castigada, según el artículo 17, con prisión de tres a 15 meses.

Finalmente, el artículo 16 de la normativa prohíbe la solicitud de antecedentes penales para el acceso a una oferta de trabajo. Cualquier persona o institución que lo haga deberá pagar una multa de 1.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor establecida por el Banco Central de Venezuela (BCV).

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