TSJ declara constitucional la Ley de Zonas Económicas Especiales

TSJ de Venezuela. – Archivo.

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad de la Ley de Zonas Económicas Especiales, sancionada por la Asamblea Nacional (AN) el pasado 30 de junio.

La sentencia número 250 se produjo el miércoles 6 de julio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Constitución, en concordancia con el artículo 25, numeral 14, de la Ley Orgánica del máximo juzgado de Venezuela. 

Luego de analizar el texto de la normativa legal, la Sala Constitucional determinó que la Ley de Zonas Económicas Especiales “tiene un objeto multifactorial (espacial o geográfico, económico y fiscal, entre otros), en función directa e indirecta de valores, principios, normas, derechos y garantías de rango constitucional, soberanía (modelo económico soberano), sistema socio-productivo, economía nacional, justicia social, medioambiente, entre otros”. 

Además, la Sala señaló que la ley desarrolla los mecanismos para garantizar la reserva del Estado en el uso de la política comercial para defender las actividades económicas de las empresas nacionales públicas y privadas.

Esto, sin establecer ventajas o regímenes más beneficiosos a personas, empresas u organismos extranjeros que los establecidos para los nacionales, garantizando que la inversión internacional está sujeta a las mismas condiciones que la inversión nacional

En contexto 

El pasado 30 de junio los diputados de la Asamblea Nacional aseguraron que el nuevo instrumento legal permitirá reactivar la economía nacional, impulsará la inversión privada y consolidará el “socialismo a la venezolana”. 

“Más temprano que tarde se comenzará a ver en un proceso de socialismo, el establecimiento de zonas económicas especiales”, sostuvo en aquella oportunidad el presidente del Parlamento, Jorge Rodríguez. 

Con esta Ley, podrán crearse zonas económicas especiales para actividades de investigación y desarrollo científico, desarrollo de ciencia y tecnología militar, servicios financieros bajo modalidad de régimen fiscal preferente, sectores de logística para exportación de servicios turísticos, producción agroalimentaria primaria, agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola, entre otras.

En la Ley también se crea la Superintendencia Nacional de Zonas Económicas Especiales, como un organismo público, técnico y especializado, adscrito a la Vicepresidencia de la República, cuyas competencias serán ejercer la gestión, administración, dirección y supervisión, además de elaborar los proyectos del plan de desarrollo en coordinación con los ministerios de Economía y otros relacionados con las actividades de las Zonas.

También deberá articular con el Estado las facilidades para la planificación, celeridad y eficiencia administrativa, velar por el correcto funcionamiento de la simplificación de trámites estatales y municipales necesarios para la operación de Zonas Económicas Especiales y llevar registro detallado de las empresas nacionales, internacionales y comunales que operen en las Zonas.

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