¿En qué consisten los cambios en las reglas para el procesamiento de asilo en Estados Unidos? Te explicamos:
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) anunció el martes cambios a la regla sobre el miedo creíble y el procesamiento de asilo, también conocida como Regla del oficial de asilo, una normativa que autoriza al Servicios de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (Uscis) a evaluar las solicitudes de asilo de quienes hayan expuesto de manera creíble durante su entrevista “un temor de persecución o tortura”.
¿Cuál es el cambio en el proceso?
Hasta ahora el DHS establecía que los casos de solicitudes de asilo debían ser decididos por jueces de inmigración dentro del Departamento de Justicia. Sin embargo, Seguridad Nacional dice que hay numerosos retrasos en esos procesos y que “toma varios años en promedio” que un juez de inmigración vea un caso.
Con los nuevos cambios, si la persona demuestra en principio su miedo creíble, el proceso pudiera agilizarse considerablemente, dijeron las autoridades.
“Las personas que reúnan los requisitos para el asilo recibirán protección más rápidamente, y las que no reúnan los requisitos serán expulsadas rápidamente en lugar de permanecer en Estados Unidos durante años mientras sus casos están pendientes”, indica una hoja informativa publicada por DHS.
¿A quiénes aplica la nueva regla?
Las nuevas reglas para la solicitud de asilo establecen que un oficial de inmigración pueda decidir inicialmente sobre el miedo creíble y aplican solo quienes sean colocados en procedimientos de deportación acelerada después del 31 de mayo de 2022, según el DHS.
La Regla del oficial de asilo solo aplica a los adultos y aquellas familias que sean colocados en deportación acelerada y que expresen “temor a la persecución o tortura, o temor a regresar a su país de origen”. La regla no se aplica a los niños no acompañados, aclaran las autoridades.
¿Cómo será implementada la nueva regla?
La regla será implementada por etapas: la Administración Biden informa que Uscis debe llegar a su capacidad plena para procesar todos los casos.
Seguridad Nacional se comprometió a procesar y enviar —a partir del 31 de mayo— “aproximadamente unos pocos cientos de no ciudadanos cada mes a Uscis para una Entrevista de Méritos de Asilo (AMI)”, según la hoja informativa de DHS.
¿Dónde serán evaluados los casos?
Los primeros solicitantes de asilo serán ubicados inicialmente en dos centros de detención en Texas. Una vez allí serán entrevistados telefónicamente por oficiales de inmigración para el miedo creíble, lo que, según DHS, permitirá también la remisión a Uscis.
Requisitos excepcionales
En un principio, las referencias para el miedo creíble solo estarán disponibles para quienes indiquen a Uscis y al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) que tienen intención de residir en las siguientes seis ciudades: Boston, Los Ángeles, Miami, Nueva York, Newark o San Francisco.
¿Cuáles son las etapas del proceso?
- Colocación en remoción acelerada: Aquellas personas que Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), detecten en la frontera y que sean remitidas a la expulsión acelerada “y que aleguen temor” serán trasladadas bajo detención por ICE.
- Entrevista de miedo creíble: Al ser detenidas, las personas a quienes aplica la regla tendrán su entrevista. En ese tiempo tendrían la oportunidad de acceder a los proveedores del Programa de Orientación Legal antes de llegar a la entrevista de miedo creíble. En caso de obtener una evaluación negativa, la persona puede solicitar una revisión de la decisión por parte del juez de inmigración, explicaron las autoridades.
- Remisión para una entrevista de méritos de asilo: Las personas que sean colocadas en expulsión acelerada y reciban una determinación “positiva de temor creíble”, y si ICE establece que pueden ser liberadas, pudieran ser remitidas a Uscis para una entrevista y allí debe declarar su intención de residir en una de las seis ciudades antes mencionadas.
¿Cuánto tiempo demora el proceso de solicitar asilo?
La determinación positiva de miedo creíble ya será de por sí la solicitud de asilo, y por tanto esa será la fecha de presentación de la solicitud de asilo. La entrevista posterior no podrá ser ni antes de los 21 días ni después de los 45, explicó el DHS.
Tras ese otorgamiento, las personas tienen hasta siete días, en caso de presentarse en persona, y 10 días si lo hacen por correo, para enmendar o corregir el registro resultante de la entrevista de miedo creíble y presentar evidencia adicional.
Si Uscis encuentra que la persona es elegible para asilo, la persona recibirá una carta de concesión que le informará sobre los beneficios aplicables y los procedimientos relacionados, indicaron las autoridades.
¿Qué pasa con los sujetos a deportación?
Si Uscis no otorga asilo, la agencia remitirá el caso al Departamento de Justicia con una evaluación “en función de las pruebas presentadas”.
Los expedientes estarán disponibles en las seis ciudades mencionadas anteriormente donde el juez revisará la solicitud de asilo del no ciudadano y la evidencia de respaldo y determinará si se debe otorgar el asilo, según DHS.
¿Qué pasa si Uscis no otorga asilo?
En estos casos el oficial de asilo incluirá su determinación de si el solicitante principal demostró elegibilidad para la retención o el aplazamiento de la deportación “basándose únicamente en la evidencia presentada”.
Si el oficial de asilo no encontró a la persona elegible para la retención o el aplazamiento de la deportación, el juez podrá revisar a fondo tales reclamos y evaluará si el solicitante es elegible. En caso de resultar en una negativa, “la persona será expulsada de Estados Unidos de manera expedita”, informó DHS.
Con información de VOA.