Justicia española se niega a liberar al ‘Pollo’ Carvajal y lo critica duramente

Hugo ‘el Pollo’ Carvajal. / Foto: Archivo.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de España denegó la petición de libertad del exjefe de la Inteligencia venezolana Hugo ‘el Pollo’ Carvajal al entender que existe riesgo de que se fugue del país ibérico, criticando al mismo tiempo que su entrega a Estados Unidos no se haya materializado por su maniobra “claramente dilatoria y abusiva de solicitar otra vez asilo”.

En un auto del pasado 28 de diciembre, los magistrados de la Sección Tercera rechazan el escrito presentado por su defensa en el que interesaba la libertad provisional de Carvajal a la espera de resolverse su situación. ‘El Pollo’ está perseguido en Washington por hechos que se produjeron entre 1999 y 2019, cuando con la presunta colaboración de la guerrilla comunista Farc y otros grupos armados habría introducido grandes cantidades de droga en Estados Unidos.

Para la Sala, “es mayor el riesgo de fuga al que se refería” el mismo tribunal el pasado mes de septiembre después de que haya “recaído” la “resolución denegatoria de asilo o protección internacional poniendo fin a la vía administrativa, y ello sin que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo haya adoptado medidas cautelares suspendiendo la eficacia de aquel acto administrativo”.

En este punto, los magistrados recuerdan que ya “se ha dictado asimismo auto, ya firme, considerando suficientes las garantías prestadas por las autoridades de Estados Unidos conforme a lo establecido en el auto extradicional del Pleno de la Sala”. “Y si no se ha llegado a materializar la entrega es por una maniobra claramente dilatoria y abusiva, de solicitar otra vez asilo”, critican.

Desde su punto de vista, “las continuas trabas a la extradición” por parte de Carvajal “denotan un intento de evitar la cooperación jurídica internacional ya resuelta jurisdiccional y gobernativamente, de que unido al hecho innegable de que el reclamado se ocultó largo tiempo de esta Audiencia, determinan un riesgo de fuga que legitima, como medida cautelar necesaria y proporcional, la prisión incondicional conforme”.

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