El rector principal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Roberto Picón informó que la Junta Nacional Electoral ratificó que es inadmisible la solicitud de sustituir la postulación de la MUD para la Gobernación de Miranda por ser “extemporánea”.
En un mensaje en Twitter, Picón explicó que para el estado Miranda convenía optar por la “decisión más favorable a los derechos de los partidos / electores”, por lo que tomaron la decisión basándose en los artículos 162 y 169 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.
El artículo 162 establece que “ninguna Junta Electoral tramitará sustitución o modificación de postulaciones bajo la modalidad nominal que presente diez días continuos antes del proceso de votación. Solo se permitirán modificaciones o sustituciones en las postulaciones bajo la modalidad lista, hasta treinta días antes de la elección“.
Por otra parte, el artículo 169 explica que “el décimo día antes de la celebración de las elecciones, el organismo electoral correspondiente deberá obligatoriamente elaborar un Acta en la cual deje constancia del número e identificación de todas y cada una de las sustituciones y modificaciones de postulaciones que hubiesen sido presentadas”.
Finalmente Picón destacó que es importante que las organizaciones políticas informen a los electores del estado Miranda cómo deben votar en base a la decisión.
“Se trata de promover la máxima participación el 21N, a fin de que la soberanía popular se exprese en las mesas electorales el próximo domingo”, sostuvo.